Resumen | |
[J] | Pensión de jubilación activa: acceso por el trabajador del RETA que forma parte de una comunidad de bienes.(publicado en Actualidad Diaria 4712 el 7 de febrero de 2024) |
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La cuestión que se plantea es si la parte recurrida en el actual recurso de casación unificadora, incluida en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y que forma parte de una comunidad de bienes ( artículo 305.2 d) LGSS), tiene derecho a la pensión de jubilación activa del 100 por ciento ( artículo 214.2, párrafo segundo, LGSS), cuando es la comunidad de bienes la que tiene contratadas a las personas trabajadoras. El actor está afiliado al RETA y tiene constituida con sus dos hijos una comunidad de bienes que tiene contratado a un trabajador por cuenta ajena desde el 26/05/2014. El actor obtuvo la jubilación activa con efectos del 01/10/2020 por importe del 50% de la base reguladora, y reclama el 100%. El Supremo estima el recurso de la Seguridad Social. | |
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